La Sanidad en España ¿es gratuita?
Leemos por muchos lados que la Sanidad en España es pública, gratuita y universal. Que si vamos a la salita nos tienen que atender y que podemos disfrutar de la atención sanitaria como si fuéramos un español más.
Y a la vez leemos muchos comentarios en foros de personas que dicen “yo fui a la salita del pueblo y me dieron la tarjeta sanitaria”, “la salud es pública”, “te atienden igual”…y una serie de comentarios que nos dejan en la duda de si nos corresponde, o no, ser atendidos en los centros de salud de forma gratuita.
Tengamos muy en cuenta un principio básico, basiquísimo, el cual es que la Sanidad en España no es gratuita. ¿Cómo que no es gratuita? No, my friend, nada es gratis en este mundo. La pagamos todos con nuestros impuestos. Empecemos a erradicar ese concepto tan errado de pensar que si algo es público (o no lo pagas en el momento) quiere decir que es gratuito.
Y esto pasa en cualquier parte del mundo (hasta en Argentina).
Sanidad en España
La Asistencia Sanitaria en España es una prestación no contributiva financiada a través de los impuestos y cotizaciones sociales.
¿Y qué son las cotizaciones sociales? No son ni más ni menos que las cuotas que los autónomos o los empleadores tienen que abonar al Estado como aportación.
Entonces, ¿cómo es la cosa? Para meternos más en tema vamos a iluminarnos con algunos conceptos:
¿Qué es la sanidad pública universal?
Esto es un tipo específico de atención sanitaria donde se presta a todos la cobertura (sin tomar en cuenta sus ingresos, raza, edad, condiciones preexistentes o sexo). Es un sistema donde el gobierno paga con el fin de subsidiar la cobertura de atención médica.
Entonces, que la sanidad sea universal para el Estado español “significa que todos los españoles tienen derecho a la asistencia sanitaria, así como los extranjeros con residencia legal”.
Y que sea gratuita significa que “no se va a cobrar por ningún tipo de actuación asistencial incluida en la Cartera Común Básica de Servicios”.
Ahora volviendo a las cotizaciones, quienes están obligados a cotizar son los trabajadores en actividad. Esto quiere decir que si estás trabajando en blanco, o si sos autónomo, tenés que cotizar (vendría a ser como pagar el monotributo en Argentina o las cargas sociales cuando estás en blanco).
De esta manera, la misma Seguridad Social española nos dice quienes son las personas que tienen derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Y estas personas son:
- Los trabajadores (afiliados y en alta o en situación asimilada a la de alta).
- Los pensionistas de la Seguridad Social.
- Los perceptores de prestaciones periódicas, incluidos los perceptores de la prestación o subsidio de desempleo.
- Los que habiendo agotado la prestación y el subsidio por desempleo, se encuentren en desempleo y residan en España.
- Los que suscriben un Convenio Especial.
- Los menores tutelados por la Administración.
- Los distintos de los anteriores que no teniendo cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, residan en España, sin perjuicio de lo dispuesto en los Reglamentos Comunitarios y Convenios Bilaterales.
- Los beneficiarios de todos los anteriores:
- El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad.
- El ex cónyuge a cargo del asegurado, con derecho a pensión compensatoria.
- Los descendientes y personas asimiladas (tutelados, acogidos legales, y hermanos/as), menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
- Todos ellos han de reunir los siguientes requisitos:
- Convivir con el titular (salvo separados y divorciados) y estar a su cargo (salvo cónyuge y pareja de hecho).
- No percibir rentas superiores al doble del IPREM.
- No tener derecho a esta prestación por título distinto.
- También tendrán derecho a la asistencia sanitaria los extranjeros que encontrándose en España no tengan su residencia legal en territorio español. En este caso para obtener la asistencia sanitaria tendrán que dirigirse directamente al Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma donde residan.
Asimismo, el acceso a los servicios sanitarios públicos se realiza a través de la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) expedida por cada Servicio de Salud (lo que conocemos por el Centro de Salud del pueblo).
Ahora bien, vamos a detenernos en el último punto que habla de los extranjeros. “Yo soy extranjero y me dice que puedo”, pero leamos bien: “tendrán derecho a la asistencia sanitaria los extranjeros que encontrándose en España no tengan su residencia legal en territorio español”. En resumidas cuentas, si sos extranjero y tenés la residencia legal en España, si no estás dentro de alguno de los puntos enumerados más arriba (personas que tienen derecho), no te corresponde la asistencia sanitaria.
Por otro lado, si estás de vacaciones por España y te enfermaste o tuviste un accidente, tenés la cobertura de la asistencia al viajero que hayas contratado antes de ingresar a España. Ya que tener un seguro médico de viaje (como turista) es requisito para entrar en Europa (te pueden rechazar el ingreso si no lo tenés, así como contar con el dinero para mantenerte durante tus vacaciones). De manera análoga, si te encontrás de forma irregular (y no estás empadronado) tenés derecho a asistencia frente a una urgencia. No es que te van a dejar tirado sin más. Pero no te vas a poder pedir turnos con el clínico o la ginecóloga (salvo que los pagues).
Entonces, la sanidad en España ¿es o no es pública?
Sí, pero siempre y cuando seas residente legal y hayas cotizado a la Seguridad Social. Que hay excepciones, sí, las hay. Como por ejemplo las personas sin recursos que tienen que pasar por una entrevista con los asistentes sociales de la Seguridad Social para demostrar que están en estado de necesidad y de esta forma brindarles la atención médica. Pero me parecería contradictorio que uno cruce el charco por un mejor estilo de vida y termine realizando maniobras que ni en Argentina se animó a tanto.
Por otro lado, y no menos importante, es que si estás pensando en venir a España mediante algún tipo de visado o teniendo ciudadanía de algún país de la Unión Europea (que no sea España) vas a tener que contratar un seguro médico privado para presentar en Extranjería y que te sea otorgado el visado o la correspondiente residencia.
Porque como apenas llegas no tenés derecho a la sanidad pública por no tener residencia legal en España ni haber cotizado nunca, el Estado español te pide un seguro médico privado. Suena lógico, ¿verdad?
¿Y qué seguro médico me recomendarías? Mira, yo te voy a recomendar el seguro médico que sé que sirve. Con el que a mi familia y a mí nos dieron la residencia (mis hijos y yo con ciudadanía italiana y mi marido argento hecho y derecho).
Yo recomiendo Sanitas. No sólo porque sé que es el que sirve para presentar en Extranjería, sino porque tiene buenos descuentos en el plan dental (importantísimo porque te liquida el dentista acá) y sanatorios propios en toda España (la única del mercado).
Además, una está acostumbrada a OSDE, ¿viste? Y si quiero un turno lo quiero para la semana que viene, no para dentro de 6 meses (que es lo que pasa con la sanidad pública acá en España) – amén que si me lo das de ahora a 6 meses se me pasó y lo perdí, está claro.
Y como en Argentinos por España estamos para solucionarte las cosas, si necesitás un seguro médico privado, escribinos, te contactamos con un gestor y te pasará el presupuesto en el día. Y, obviamente, con el asesoramiento que estás acostumbrado a de nuestra parte.
Esperamos haya sido info útil.
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