Modificaciones a la normativa de circulación 2021

DGT: nuevas modificaciones a la normativa de circulación 2021

Año nuevo, normas nuevas…este 2021 comenzó con algunas modificaciones en las normativas españolas y una que nos puede llegar a afectar en lo cotidiano son las nuevas modificaciones que implementa la DGT y que, paulatinamente, estarán entrando en vigencia a partir de hoy 02/01/2021.

El Gobierno ha aprobado cambios normativos para 2021 que afectan al carnet por puntos, a la velocidad y a los vehículos de movilidad personal. ¿Cuáles son y cuándo entran en vigor? Este es el mejor resumen para entrar en el nuevo año con la lección bien aprendida.

No son muchas las modificaciones, de hecho es una sola para hoy, pero no podemos alegar que desconocemos las normas y, por eso, acá les dejamos un pequeño resumen para que tengan cuenta al momento de agarrar el auto (o patinete eléctrico).

Cambios a la normativa de circulación

Si tenes un vehículo de movilidad personal eléctrico – VMP- (patinete, scooter, monopatín, monociclo o hoverboard), a partir de hoy, ya no podrás circular por la vereda ni zonas peatonales. Obviamente que tampoco lo vas a poder hacer por autovías ni autopistas, únicamente podes circular por la ciudad y podés utilizar los carriles para las bicis.

La velocidad máxima de circulación de estos VMP es de 25 km/h. ¿y el casco? Sigue sin ser obligatorio, de momento.

Preparáte que dentro de unos años van a pedir un certificado de circulación para estos vehículos, pero todavía falta.

Cuidado al adelantar

Actualmente la Ley de tráfico permitía, siempre y cuando conducieras por una vía convencional, sobrepasar el limite máximo de velocidad en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad cuando adelanten “a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas”. Desde la entrada en vigor de la modificación, esto formara parte del pasado y los adelantamientos habrá que hacerlos como máximo a la velocidad máxima permitida según la vía en la que se circule. Esto no solo aplica a España sino a toda la Unión Europea para reforzar el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal. 

En resumen

Otras modificaciones que entran en vigencia dentro de los siguientes meses son:

  • Uso del celular (móvil). Pasa a ser una infracción muy grave, ya que te van a restar 6 puntos del registro (antes te restaban 3). Pero las multas se mantienen en 200 euros.
  • Cinturón de seguridad, sillitas infantiles o casco. En caso que no los uses, o si los usas de manera errónea (por ej cuando te pones el casco de codera) vas a tener que pagar una multa de 200 euros y te van a restar los puntos del carnet (pasan de 3 a 4 puntos). 
  • Detectores de radares. Hasta ahora se sancionaba su uso pero si lo tenes instalado en el auto, anda desinstalandolo porque tenerlo es incurrir en una infracción grave y la multa es de 200 euros más una resta de 3 puntos del carnet.
  • Edad del permiso de circulación. Si ya tenes 18 vas a poder manejar camiones (siempre y cuando tengas aprobado el Certificado de Aptitud Profesional -CAP-). Si querés manejar un bondi (autocares), también lo vas a poder hacerlo a los 18 años (pero sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km). Si querés manejarlos con pasajeros vas a tener que esperar a los 21 años todavía y tener el CAP aprobado.

En resúmen, la única modificación que entra hoy en vigencia es la de los VMP. Aún no tenemos una fecha concreta de entrada en vigencia de estas medidas pero hay que ir teniéndolas en cuenta para que no nos tomen por sorpresa.

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